Intimidad, Honor y Derecho a la propia imagen

Intimidad

El despacho tiene una amplia trayectoria en la defensa de aquellos derechos fundamentales protegidos en el artículo 18 de nuestra Constitución, asumiendo la defensa de personajes públicos y particulares.

En una sociedad donde predomina la información y el derecho a la libertad de expresión a través de nuevas formas de comunicación (redes sociales, foros, prensa digital…), nuevos estilos televisivos (programas del corazón, tertulias, debates políticos…), en constante avance, resulta imprescindible asegurar y garantizar el correcto desarrollo de las personas. En aquel objeto, el legislador ha previsto la protección y defensa de elementos tan esenciales de la personalidad como son el honor, la intimidad y la imagen.

El despacho ha sido protagonista en la defensa de aquellos derechos en numerosos procedimientos seguidos en la vía penal y civil, obteniendo un importante porcentaje de éxito. La obtención de medidas cautelares tales como evitar las referencias en medios a determinadas personas, la paralización de reportajes televisivos que dañan aquellos derechos, la rectificación de noticias en radio y televisión, artículos de prensa, así como la reparación de daños a través de considerables indemnizaciones, son algunos de los derechos que a través de los Tribunales se han logrado preservar con nuestra intervención.

 Servicios

  • Derecho de rectificación
  • Derecho al honor, intimidad personal y familia y propia imagen.
  • Delitos contra el honor: injurias y calumnias.